Usan en Chihuahua centros de arraigo como prisiones ilegales


Las autoridades de Chihuahua utilizan los centros de arraigo como prisiones ilegales, informó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), según la cual los internos a quienes se les dictaminó “arraigo en el domicilio” al haberse agotado el tiempo procesal de dos años, son llevados a dichos lugares y sin que se les haya dictado sentencia.

La CNDH dijo que esto viola los derechos humanos de acceso a la justicia de los internos, a la seguridad jurídica y a la legalidad, por lo que emitió la Recomendación 29/2017 dirigida al gobernador Javier Corral, y al magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Julio César Jiménez Castro.

En ésta solicita se informe sobre el número total de internos para su registro en el Archivo Nacional de Sentenciados y Estadísticas; se apliquen los manuales y protocolos conforme señala la Carta Magna y se utilice la prisión preventiva como marca la ley y no en espacios “habilitados” o “acondicionados” para dicho fin, además de que se revisen los casos de los internos que se encuentran en los centros de arraigo de Chihuahua y Ciudad Juárez.

El 31 de agosto, notas periodísticas informaron sobre el uso de prisiones ilegales a las que eran trasladados los internos que habían cumplido dos años de prisión preventiva y aún no les dictaba sentencia. Al día siguiente, la CNDH inició el expediente CNDH/3/2016/6651/Q y en sus investigaciones constató que en los centros de arraigo de Chihuahua y de Ciudad Juárez había internos bajo la modalidad de “arraigo en el domicilio”.

La figura del “arraigo en el domicilio” señalado en el Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua en la época de los hechos, se impone posterior a que los imputados rindan su declaración preparatoria, y no después de agotado el plazo de dos años de prisión preventiva, por lo que la autoridad judicial estatal ha violado la Constitución.  

Además, la Comisión Nacional no halló justificación para la tardanza en resolver los casos y, por el contrario, se detectaron asuntos con más de dos años sin que se hayan resuelto.  

A esto se suma que la Fiscalía Especializada de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales de Chihuahua incumplió su obligación de proporcionar información sobre la población penitenciaria registrada en esa entidad.


Esta información alimenta la base de datos del “Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional”, del Órgano Administrativo de la Secretaría de Gobernación (Segob). Debido a esta omisión, los centros de Arraigo de Chihuahua y de Ciudad Juárez, no fueron consideradas como población penitenciaria, con lo que se violó el derecho a la seguridad jurídica. (Angélica Pineda / Con información de CNDH).

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